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Delitos Ambientales

Delitos ambientales

El Poder Judicial no es ajeno a los temas de especial sensibilidad social, como lo representa la conservación del medio ambiente y los recursos naturales. La labor de administración de justicia conlleva, entre otros aspectos, la determinación -en ocasiones- de la violación a las normas nacionales e internacionales referentes a dicha temática, como parte de su labor instrumental para la resolución de conflictos sociales.

Es innegable que el uso y disfrute de un medio ambiente sano constituye un derecho fundamental, pues así lo reconoce nuestra Constitución Dominicana. Es por ello que, como parte de las temáticas a abordar por este Observatorio, se encuentra el seguimiento del devenir jurisdiccional tanto en sus aspectos cuantitativos -datos e indicadores- como cualitativos -doctrinales o jurisprudenciales-.

Entre los instrumentos nacionales e internacionales referentes a la materia, se encuentran la Constitución Dominicana del año 2015, la Ley núm. 64-00 sobre Medio Ambiente y Recursos Naturales (y sus resoluciones), la Convención de Viena y de Montreal sobre la Capa de Ozono (1985 y 1987), el Convenio sobre Diversidad Biológica de Montreal (2000), la Convención de las Naciones Unidas contra la Desertificación (1994), el Convenio de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático (1998), y el reciente Acuerdo de París sobre Cambio Climático (2015).

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